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Gestion de Cédula de habitabilidad y certificados de antigüedad

Gestion de Cédula de habitabilidad y certificados de antigüedad

El certificado de antigüedad es un procedimiento necesario y obligatorio para la solicitud de diversos trámites, como la cédula de habitabilidad o licencia de primera ocupación de la vivienda, entre otros.
El contexto legal de la solicitud del certificado de antigüedad de la vivienda viene regulado por el Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que quedaron aprobadas las normas y leyes complementarias al Reglamento para la Ejecución de la Ley Hipotecaria en materia de Inscripción en el Registro de la Propiedad de los Actos de Naturaleza Urbanística. Nos conviene conocer que no tenemos por qué realizar este trámite por nosotros mismos, sino que podemos autorizar a otra persona para que realice la gestión en nuestro lugar.
Así como la cédula de habitabilidad siga en vigor solo necesitaremos solicitar el duplicado pagando la correspondiente tasa, si la hubiese. En cambio, si nuestra vivienda no tiene cédula o ya ha caducado habrá que proceder a una nueva certificación de habitabilidad de la vivienda a cargo de un técnico competente (arquitecto o arquitecto técnico).
En baleares en virtud del art. 16, «en cualquier transmisión por venta, alquiler o cesión de uso, se debe incorporar una copia de la cédula de habitabilidad vigente o, si no, la calificación definitiva. En caso de que no se disponga de cédula o de calificación, se debe hacer constar expresamente este hecho en el contrato o escritura.»
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